3- La autorización judicial no es un requisito para acceder a un ANP, lo cual debe quedar explicitado en las notas ante el riesgo de desinformar.

La legislación sobre abortos no punibles no específica que sea necesario una autorización judicial, de hecho, lo que se persigue en la Guía Técnica es la no judicialización de los casos en que una mujer busca acceder a un ANP. Por lo tanto, cuando se habla de que “autorizan a una menor a abortar”, se debiera aclarar “pese a no ser necesario, se autorizó…”, o “tras la judicialización, se autorizó…”.

Es nuestra función como periodistas aclarar qué es un requisito para acceder a un aborto no punible (como la denuncia de una violación o una declaración jurada, para casos de abuso sexual) y qué no lo es (como la autorización judicial). En caso contrario, se estaría contribuyendo a la desinformación y confusión sobre el tema.

Según la Guía Técnica de Atención de Abortos No Punibles del Ministerio de Salud de la Nación publicada en 2010, el médico tratante deberá constatar las causales por las que se solicita un ANP y para ello se prevé que:

-para constatar un peligro para la vida o la salud de la mujer “debe fundar su diagnóstico mediante los estudios pertinentes; si lo considera necesario, el médico tratante puede realizar su diagnóstico en interconsulta con otro médico o profesional de la psicología, según corresponda”.

-para constatar casos de violación o atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente “debe pedir que se exhiba constancia de la denuncia de la violación, o que la mujer suscriba una declaración jurada”. Esta última (declaración jurada) fue incluida en la última versión de la Guía (2010).

Ejemplos:
La Capital, 20 de febrero de 2007
Título: La Cámara Civil autorizó el aborto de una menor
Bajada: En un extenso y argumentado fallo, la Sala II decidió rechazar el recurso de apelación interpuesto contra el fallo de una jueza de menores que solicitó el “aborto terapéutico” a una menor embarazada como consecuencia de una violación.

Página 12, 10 de abril de 2009
Titulo: Una interrupción legal no interrumpida
Bajada: La joven, discapacitada, había sido violada. Su padre presentó el pedido en la Maternidad Pública Ramón Carrillo, de Santiago del Estero. Allí, tras los estudios, se le realizó la interrupción del embarazo legal, sin necesidad de recurrir a la Justicia.

Cabe aclarar que este último ejemplo constituye un caso bastante excepcional, ya que se trató de un aborto no punible que se realizó sin la intervención de la justicia ni la solicitud de autorización judicial, y que fue noticia tiempo después de haber sido concretado.

Acerca de abortonopunible

En este blog encontrarás un decálogo de sugerencias para el tratamiento informativo de casos de aborto no punible, realizadas a partir de un trabajo final de grado al respecto.
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Una Respuesta a 3- La autorización judicial no es un requisito para acceder a un ANP, lo cual debe quedar explicitado en las notas ante el riesgo de desinformar.

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